ASOCIACION BIBLICA SAN PABLO

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domingo, 23 de marzo de 2014

LA ENCARNACION (III)


LA ENCARNACIÓN ( III )







V.- EL “FIAT” DE MARÍA.- La respuesta de María pertenece íntima y necesariamente al decreto divino. Dios había preparado a la Virgen para este instante llenándola de gracia. Por tanto, habría sido muy difícil, en el marco de la libertad humana de María, una respuesta negativa. Pero Dios le revela su plan y quiere que María dé libremente su respuesta. Es precisamente cómo actúa Dios. Eleva al hombre a dialogar con Él y le permite que responda.
La respuesta de María es un acto de fe perfecto y total: “He aquí la esclava del Señor“ (Lc 1,38). Con ello expresa una actitud básica de entrega total a Dios, que es lo que constituye el CREER.
Sobre la base de esta sierva se levanta el “Fiat“, el “Hágase“. Esta afirmación  verbal no es una afirmación puramente objetiva, sino que incluye la voluntad de la persona que habla. María no constata, sino que desea, asiente gozosamente, se coloca personalmente del lado del "suceso“.
Dios, mediante la fe, opera esta respuesta que, por otro lado, pertenece a la persona con toda intensidad con la que puede pertenecer a una persona libre y creada. El deseo expresado en el “Fiat“, no se refiere a una acción suya propia, sino a la acción de Dios, a dejar que Dios realice algo. En la respuesta de María a la Revelación de Dios se refleja la actitud de la fe perfecta; y ésta, queda referida a la comunicación más perfecta y más básica del Dios Redentor.
Esta es la razón de que en la respuesta de María se realizara también el acto básico de la Redención de la humanidad, por cuanto se trata de un “acto“ de la humanidad, es decir, de la respuesta que acepta con fe.
En este acontecimiento de gracia, una Virgen es hecha fecunda; una mujer redimida desde su concepción engendra al Redentor. (Grimlmeier ; o.c.p. 913-914).

VI.- REACCIÓN DE SAN JOSÉ.- La fundación de un nuevo hogar israelita se realizaba a través de dos actos: uno preparatorio llamado “Los esponsales” y otro definitivo que era el “matrimonio”.
El primero no era una mera promesa, sino a maneras de un “matrimonio rato”, con sus consecuencias sociales y jurídicas: se llamaban ya esposos, la infidelidad incluía la pena de adulterio y para separarse hacía falta el “libelo de repudio”, y en caso de defunción del consorte la “desposada-esposa” quedaba viuda. No obstante se excluía la cohabitación y las relaciones matrimoniales.
Estando María y José desposados resultó que María quedó encinta. José se encuentra ante dos evidencias inconciliables: el hecho cierto de la concepción y una confianza absoluta en cuanto a la virtud inmaculada de su desposada.
En plan “justiciero” José pudo haber dado libre curso al derecho penal (según Dt 22, 20-21; ver Jn 8, 5) con la posibilidad de ser condenada María a la pena capital por adulterio; pero como era “justo”, es decir santo, en vez de denunciarla decidió separarse de Ella de una forma discreta. ( Dt 24, 1 s.s.).
Mas, cuando ya había tomado esta decisión un ángel del Señor, le dice en sueños: “...No tengas reparo en recibir a María como esposa tuya, pues el Hijo que espera viene del Espíritu Santo“ ( Mt 1, 20).
Cuando José despertó del sueño, recibió en su casa a María su esposa, conforme a lo que le había indicado el ángel del Señor. (Gomá Civit, Com. Ev. Mt 1, 32-39).







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